El MundoNoticias

A partir del 1 de febrero se encuentra vigente en Madrid, el nuevo Reglamento de Sanidad Mortuoria.

Con esta modificación, se suprime el plazo de 24 horas para el traslado de un cuerpo fuera de la Comunidad de Madrid y en esta misma, se incluye la figura del tanatopractor como profesional habilitado para la realización de prácticas de conservación transitoria y embalsamamiento, excluyendo la intervención de un facultativo.  Es un gran paso el reconocimiento del tanatopractor, haciendo que su trabajo se valore y sea reconocido, no como hasta el momento, que su trabajo era realizado mientras la única función del forense era firmar el trabajo.

Esta modificación facilitará a las familias velar a sus seres queridos en el lugar que elijan, que a menudo coincide con el de su nacimiento.

Asimismo, permite agilizar los trámites administrativos para el traslado del cadáver, sustituyendo la actual autorización por una comunicación previa en la mayor parte de los casos. También incorpora el acceso a la prestación de servicios de tanatopraxia por los profesionales habilitados a tal fin.

Mostrar más

Carmen Olmeda

España. Llevo más de 20 viajando y trasladando empresas españolas con idea de proyección internacional y viceversa, en las ferias más importantes del sector funerario a nivel mundial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

 
Botón volver arriba