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Aspectos ambientales, sanitarios y laborales de los servicios funerarios.

La responsabilidad ambiental en los servicios funerarios, no solo es responsabilidad de las empresas, sino también de las distintas entidades gubernamentales, municipales y/o estaduales, como así también, lo es de las asociaciones que nuclean al sector, dictando normas y protocolos para la protección medioambiental y la salud ocupacional de los trabajadores de empresas funerarias, profesionalizando de esta forma al sector, para servir mejor a la sociedad.

El desarrollo de los diferentes procesos de prestación de servicios como lo es el funerario, genera impactos en el ambiente, y de manera específica en los recursos naturales, el aire, el suelo y el agua, dándose en todas las actividades que conforman la cadena del servicio, desde el traslado inicial que significa trasladar a la persona fallecida desde su sitio de muerte a su paso por la funeraria y luego hasta el traslado al destino final en donde se efectúa de acuerdo con la decisión de la familia, el proceso de cremación o de inhumación.

Llevando la mirada desde el ámbito operativo, otro de los procesos aplicados a personas fallecidas que puede categorizarse como de los más impactantes al ambiente es la práctica de la tanatopraxia, ya que de este proceso se obtienen aguas residuales y residuos peligrosos. Sin embargo, al implementarse buenas prácticas en el desarrollo de la actividad y al controlarse los impactos con el manejo y descontaminación del agua residual que se genera y al hacer segregación, acopio y disposición adecuada de los residuos catalogados como de riesgo biológico, se minimiza y mitigan estos impactos.

En el contexto latinoamericano, Colombia, es uno de los países que se encuentra a la vanguardia en normativas medioambientales para el sector funerario, dictando entre el sector empresarial y entes gubernamentales, normas nacionales, por las cuales se reglamentan parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral, la gestión de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades, el uso del agua y residuos líquidos y la resolución por la cual se establecen los parámetros y valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público. También se han dictado otras disposiciones y normas legales a través de las cuales se busca regular y controlar los impactos ambientales y sanitarios generados por el desarrollo de las actividades funerarias, además de hacer uso responsable de las sustancias químicas utilizadas para garantizar la preservación de los cadáveres en las cuales la base general es el formaldehido, este tema se controla desde el ámbito de la generación de residuos peligrosos y también desde la mirada de los riesgos laborales.

Por otra parte, desde el ámbito del control sanitario de los servicios funerarios en Colombia, existe desde el año 2010, la Resolución 5194, en la cual se establecen los requisitos mínimos para la operatividad de los cementerios y parques cementerios; pero las empresas dedicadas solamente a la prestación de servicios funerarios como son los traslados, la tanatopraxia y la velación, no cuentan con un marco normativo nacional que regule los mismos de manera puntual. Con base en la situación actual en relación con la carencia de un marco normativo, el sector se ha organizado en mesas de trabajo con el aporte de personal experto en los distintos temas y en un trabajo conjunto con el Ministerio de Salud, hoy en día, se cuenta con un proyecto de norma en donde se pretende establecer estándares mínimos para la prestación de los servicios funerarios, desde el traslado inicial hasta la entrega al proceso de destino final (ya regulado), dicho proyecto de norma se estima será sancionado por el Ministerio de Salud en el año 2020 y se podría denominar “Gestión Integral del Cadáver”. Sin embargo el sector funerario desde el trabajo proactivo y propositivo han construido dos Normas Técnicas Colombianas, trabajadas con la guía y metodología del ICONTEC (Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación), las cuales son; la NTC 5840 en la cual se encuentran los Requisitos para la prestación de servicios funerarios en Colombia, norma que ofrece una guía para estandarizar la prestación de servicios con calidad, siendo además una Norma certificable por parte del ICONTEC y la NTC 6212 que contienen los “Términos y definiciones para Servicios Funerarios”, con la cual se genera un estándar en las diferentes denominaciones de la cadena del servicio funerario.

Es importante señalar que en la dinámica del Sector Funerario en Colombia también se cuenta con la Mesa Sectorial de Servicios Funerarios administrada por las metodologías del SENA (Servicios Nacional de Aprendizaje) creada desde el año 2012, y en la cual participan de manera activa y propositiva empresas del sector que representan todas las regiones del país. En la dinámica de esta instancia se concertan temas relacionados con las competencias laborales de los trabajadores del sector y se ha logrado reconocer y clasificar ocupaciones que históricamente han sido empíricas por carecer las mismas de un reconocimiento desde la academia, es así que en Colombia se cuenta con el reconocimiento de 4 ocupaciones; Tanatopractor, operario de cementerio, auxiliar de servicios funerarios y coordinador de servicios funerarios y para dichas ocupaciones se han gestionado 9 normas de competencia laboral que permiten certificar las competencias de los trabajadores del sector y además abrir los caminos para llevarlos al ámbito de la formación, a través de programas técnicos y tecnológicos como son; el Técnico en tanatopraxia y el Apoyo técnico en cementerio; es así que para el año 2019 el sector cuenta con diversas alternativas para la cualificación y formalización de las personas que sirven a la sociedad a través de las empresas del sector funerario Colombiano.

Todo este dinamismo se ha facilitado con el apoyo de empresas funerarias colombianas que buscan con un firme compromiso prestar servicios de calidad, servir con responsabilidad social en momentos difíciles a quienes lo necesitan y fortalecer el sector siendo un referente para muchos países latinoamericanos que siguen la dinámica del sector en Colombia.

Finalmente, quiero señalar que desde el ámbito de la prevención y protección ante los riesgos laborales en Colombia, la autoridad competente Ministerio de Trabajo ha emitido nutridas normas compiladas en el Decreto 1072 de 2015 – Decreto único del sector Trabajo, las cuales buscan prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales en los trabajadores de todos los sectores, atendiendo y controlando los riesgos a los cuales están expuestos en las diferentes actividades productivas, es así que dichas normas no son ajenas al sector funerario en donde se categorizan en niveles importantes riesgos laborales como; el biológico, el biomecánico, el público, el químico y el mecánico, entre otros que están presentes en menor intensidad.

En conclusión, las diferentes autoridades ambientales, sanitarias y laborales a nivel Nacional, Departamental y Municipal en Colombia, se encargan de que las empresas del sector funerario, estén reguladas y den cumplimiento a los requisitos básicos para desarrollar las diferentes labores en condiciones reguladas y seguras. Lo anterior también como un ejemplo de responsabilidad social tanto a nivel interno como externo.

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Ingrid Bandera

Colombia. Soy ingeniera y administradora ambiental; especialista en gerencia de recursos naturales y en salud ocupacional. Actualmente estoy cursando maestría en diseño, gestión y dirección de proyectos. Tengo amplia experiencia en actividades de gestión ambiental y sanitaria en el sector de servicios funerarios por más de 12 años.

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